Tras un periodo de años de reuniones y conversaciones, en la mañana de este jueves 18 de junio en el Salón de Conferencias del Edificio de la Administración, se llevó a cabo la firma de un convenio de cooperación entre el Ministerio de Salud y la Autoridad del Canal de Panamá, relativo a las extracciones no masivas de agua cruda en la cuenca hidrográfica del Canal de Panamá, para acueductos rurales. Entendiendo como extracciones masivas de agua cruda, las extracciones en forma ininterrumpidas de volúmenes superiores a 20,000 galones por día.
El objetivo de la firma de este convenio es proporcionar agua para consumo de las comunidades aledañas a la Cuenca Hidrográfica del Canal de Panamá, tomando en consideración la optimización de los recursos financieros y humanos. El trabajo en equipo entre el MINSA y la ACP, garantizará el buen uso racionado del agua, con miras a maximizar el bienestar público y la conservación del medio ambiente.
La firma de este Convenio se realizó en el Salón de Conferencias del Edificio de la Administración del Canal de Panamá, en presencia de la Junta Directiva de la ACP, Directores Nacional del MINSA y sus firmantes el Dr. Francisco Javier Terrientes, Ministro de Salud y el Ingeniero Jorge Quijano, Administrador del Canal de Panamá.
Entendiendo que el MINSA, es el responsable del suministro de agua potable a los acueductos de agua rurales, evaluando la cantidad y calidad de la fuente de agua cruda, que suministrará agua potable a las comunidades rurales.
Que a su vez el Ministerio de Salud a través del Decreto Ejecutivo N° 40 de 18 de abril de 1994, crea las Juntas Administradoras de Acueductos Rurales (JAARs), las cuales serán responsables de la administración, operación y mantenimiento de dichos proyectos sanitarios.
Contemplando el artículo 316 de la Constitución Política de la República de Panamá, que dice que le corresponde a la Autoridad del Canal de Panamá, la responsabilidad por la administración, mantenimiento, uso y conservación de los recursos hídricos de la Cuenca Hidrográfica del Canal de Panamá (CHCP), constituidos por el agua de lagos y sus corrientes tributarias, en coordinación con los organismos estatales que la Ley determine.
Ambas partes en este convenio desean concertar esfuerzos a fin de evitar la duplicación de acciones, potenciar el alcance de ellas y convienen en que la ACP faculta al MINSA para autorizar la extracción no masiva de agua de la CHCP, que realizarán las JAARs, para el suministro de agua potable a los acueductos rurales de las comunidades localizadas en CHCP, las cuales deberán tener una vigencia no mayor de cinco años; de manera que al vencer se revise si el volumen autorizado debe mantenerse o modificarse, o si ya no se requiere la extracción autorizada.
El Ministerio de Salud consultará y coordinará con la ACP, los sitios propuestos para la extracción de agua cruda por parte de las Juntas Administradoras de Acueductos Rurales, antes de autorizar la extracción.
De igual forma el MINSA evaluará la calidad y la cantidad de agua de los sitios propuestos para la extracción de agua no masiva a ser utilizada por los acueductos rurales, antes de autorizar la respectiva extracción.
En la cláusula tercera de este convenio la ACP, exonera del pago de la tarifa de extracción de agua cruda a los caudales que el MINSA, en virtud de este convenio, autorice a extraer a las Juntas Administradoras de Acueductos Rurales legalmente constituidas, de las comunidades ubicadas en la CHCP, debidamente registradas en el MINSA.
El convenio contempla que el MINSA se compromete a entregar a la división de ambiente de la ACP, un listado de todas las JAARs registradas ante el Ministerio de Salud, que requieren ser legalizadas ante la ACP. También, un informe bimestral de las concesiones otorgadas, incluyendo los volúmenes de extracción de agua autorizados, los nombres que aparecen en dicha empresa, la cantidad de personas que se beneficiarán y el lugar en donde se hará la extracción.
La duración de este convenio será por cinco años contados a partir de su firma y se espera mejore la calidad de vida de aproximadamente 22 comunidades que hoy día se manejan con pozos y otros acueductos rurales, comunidades aledañas a la Cuenca Hidrográfica del Canal de Panamá.
“Sistema de Salud Humano, con Equidad y Calidad, un Derecho de Todos”
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